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JURÍDICA
LA
CONSTITUCIÓN DE 1828 Y SU PROYECCIÓN EN EL CONSTITUCIONALISMO PERUANO*
Valentín Paniagua Corazao
Miembro del Comité Científico de la Revista Historia Constitucional. Perú.
I.-
INTRODUCCIÓN
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La
Constitución de 1828 tiene un significado emblemático en el
constitucionalismo peruano. Es la primera constitución genuinamente
nacional. No sólo por su contenido sino por las circunstancias en que
se expidió. La Constitución de 1823 se inspiró y siguió muy
cercanamente el texto de la constitución gaditana y expresó el
romanticismo iluso de los fundadores, en una hora apremiante y
angustiosa; la de 1826, era la constitución boliviana que el
Libertador impuso, a sangre y fuego , y que el Perú, obviamente, jamás
acataría. Los constituyentes de 1827 pretendían que la Constitución
reflejara la identidad, esencial y privativamente peruana, y su
voluntad de constituirse como una nación verazmente soberana e
independiente, ajena, por entero, a los proyectos políticos del
Libertador y distante, por cierto, de las tendencias
separatistas del sur que alentaban Santa Cruz y otros bolivianos.
-
Desde
luego que el momento histórico resultó más propicio que otros
para su dación. No estaba el Perú, en 1827, inmerso, como en 1823,
en el fragor del combate emancipador ni en la tarea impostergable de
improvisar, en medio de la guerra, un régimen político estable.
Tampoco vivía ya el ambiente opresivo de una autocracia que se había
tornado intolerante y agresiva contra todos los que advertían que,
detrás de los proyectos de integración del Libertador, había un
claro designio hegemónico de la Gran Colombia. Por el contrario, su
hostilidad al Perú –que provocaría luego la guerra entre ambos países–
sirvió para afinar el espíritu nacionalista peruano y templar el ánimo
para la obra organizadora del derecho.

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